Contrato Multiproducto Crédito por Convenio:
Adelanto de sueldo y microcrédito

Conste por el este documento, el Contrato MULTIPRODUCTO PRÉSTAMO PERSONAL Y CONVENIOS (en adelante “EL CONTRATO”) que celebra, SERVICIOS FINANCIEROS DIGITALES S.A.C., con R.U.C. Nro. 20605830987, con domicilio en Av. Javier Prado Este Nro. 492, interior 1103, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, representado por sus apoderados que lo suscriben, a quien se denominará “LA FINTECH”, y de la otra parte, EL CLIENTE, con intervención de su cónyuge, de ser el caso, cuyos datos generales constan en la parte final del Contrato, conforme a los términos y condiciones siguientes:

SECCIÓN I: CONDICIONES GENERALES

  1. Crédito por Convenio: Se refiere al crédito otorgado en función de las condiciones previamente pactadas con la empresa en la que presta servicios o labora El Cliente. Dicho crédito se otorgará bajo la modalidad de crédito en cuotas o pago único por mes, a ser descontadas por el empleador de acuerdo con las condiciones que se detallen en el presente Contrato, en el Detalle de Préstamo y en el respectivo Cronograma de Pagos, de corresponder.
  2. Operativa del Desembolso: LA FINTECH pone a disposición la plataforma electrónica denominada TuSueldoYa”. En dicho APP el Cliente podrá validar si cuenta con crédito aprobado, el importe, comisiones y demás información obligatoria conforme la Ley Aplicable. El Cliente deberá leer las condiciones del crédito y de encontrarse de acuerdo suscribirá el presente Contrato de Crédito por Convenio.
  3. Carta de Autorización de Descuento de Remuneración: Documento a través del cual el Cliente autoriza a su empleador a efectuar el descuento mensual de sus remuneraciones para efectuar el pago y honrar la obligación asumida frente a LA FINTECH. Entiéndase por remuneración mensual a los beneficios sociales, así como de cualquier otro concepto que se me abone y sea de libre disposición, y/o cualquier otro beneficio al que tuviera derecho, en la forma y modo que corresponda.
  4. Declaración Jurada: El registro del Cliente en el aplicativo puesto a disposición por LA FINTECH deberá contener datos del Cliente, los cuales tendrán carácter de Declaración Jurada. El Cliente se obliga a comunicar en forma inmediata a LA FINTECH cualquier cambio en los datos consignados en dicha Solicitud y asumirá la responsabilidad de su falta de actualización. Sin perjuicio de ello, LA FINTECH podrá emplear cualquiera de los demás medios previstos en la Ley Aplicable, así como aquellos que hubieran sido brindados por el Cliente con el fin de comunicarse con él.
  5. Sobre la Cuenta Bancaria y Tarjeta de Débito Declarada: El Cliente declara y reconoce que la cuenta en la que se desembolse el Crédito por Convenio será la Cuenta del cual es titular, la misma que para el presente contrato será denominada “Cuenta Bancaria Declarada”.
  6. Medios de Comunicación: Las modificaciones -indicadas en el Contrato y/o Detalle de Préstamo- serán informadas al Cliente por los medios que LA FINTECH pone a disposición del Cliente a través de los canales de comunicación, entre ellos, los medios de comunicación directos como: (i) correo electrónico y/o domicilio vigente y actualizado del Cliente; (ii) Aplicativo móvil (APP) o red de mensajería virtual o aplicación de software que cumpla con dicho fin descargada en teléfono inteligente (Smartphone) u otro dispositivo inteligente de similares características, computadora o tablet u cualquier otra APP y/o tecnología similar a la APP, (iii) mensaje de WhatsApp, (Iv) llamadas telefónicas; (v) mensajes de texto (SMS); incluyendo aplicaciones de mensajería de terceros como Whatsapp que hayan sido contratado por LA FINTECH; y (viii) uso de chat box o herramientas digitales de similar interacción soportadas en aplicaciones de software (APP). Adicionalmente, en las comunicaciones que LA FINTECH realice a través de los medios directos podrá hacer uso de herramientas tecnológicas como NFC (Near Field Comunicación), OTP (One-Time Password) o Código QR (Quick Response Code), entre otras, en la medida en que estas faciliten el entendimiento y comprensión de las modificaciones efectivamente comunicadas al cliente. Asimismo, el Cliente acepta que LA FINTECH podrá utilizar los medios de comunicación detallados anteriormente para brindar información relacionada con el Crédito contratado, tales como: recordatorios de fechas de pagos, alertas de fraudes, entre otros. Sin perjuicio de los medios directos enunciados en el párrafo precedente, LA FINTECH podrá utilizar medios indirectos con el fin de informar y/o brindar servicios de comunicación complementarios a sus Clientes, tales como: (i) publicaciones en las oficinas de LA FINTECH; (ii) página Web de LA FINTECH; (iii) mensajes en redes sociales; y/o, (iv) avisos en cualquier diario, periódico o revista de circulación nacional, a elección de LA FINTECH.
  1. De la modificación de los intereses, comisiones y gastos: El Cliente autoriza que los intereses compensatorios según se indica en el Cronograma de Pagos podrán ser modificados como consecuencia de (i) El Cliente cambie la cuenta donde percibe el pago de haberes a otra entidad financiera o cambie de número de la Cuenta Bancaria Declarada (ii) El Cliente deje de laborar en la empresa mediante la cual se le otorgó el Crédito por Convenio. En estos casos, se aplicarán al Crédito la comisión que se encuentra establecida para dichos efectos en el tarifario de LA FINTECH al momento que LA FINTECH lo notifique con el cambio. Asimismo, LA FINTECH comunicará, a través de medios de comunicación directos establecidos en el presente Contrato, al CLIENTE las modificaciones con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario y/o de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de las mismas y/o a la fecha en la que regirán las nuevas condiciones del Contrato. En caso el Cliente no esté de acuerdo con esta modificación, podrá optar por resolver el Contrato y en un plazo de 45 días calendario desde que comunica su intención de resolver, deberá conseguir otro mecanismo de financiamiento antes de la resolución del contrato.
  2. Modificaciones Contractuales: Además de lo detallado en el punto anterior, LA FINTECH se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones contractuales cuando, a criterio de LA FINTECH, se presente alguno de los siguientes supuestos: (i) modifique el régimen tributario, legal y político vigente de forma tal que ello genere un efecto adverso o costo adicional a LA FINTECH en relación con las operaciones comerciales, (ii) modificaciones en la legislación vigente que cambien las condiciones actuales del mercado financiero, del mercado de capitales, política monetaria y/o del país y que por ello se cambien las condiciones económicas, financieras, bancarias de manera interna y/o externa; (iii) variación en la calidad crediticia del Cliente; (iv) funcionamiento o tendencia del mercado; y/o (v) encarecimiento de los servicios prestados por terceros, cuyos costos son trasladados al Cliente, o de los costos de prestación de los productos y servicios ofrecidos por LA FINTECH. Se aplicará la modificación a la comisión pactada, en los siguientes supuestos: (i) la novación de la obligación considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil y, (ii) en caso exista negociación efectiva al momento de contratar y en cada oportunidad en que se realicen modificaciones. Las modificaciones serán informadas al Cliente en la oportunidad establecida en la legislación vigente y por los medios que determina la Ley Aplicable, detallada en el presente Contrato. LA FINTECH puede modificar otras condiciones contractuales distintas a las comisiones y/o gastos, en cualquier caso, así como incorporar nuevas comisiones y/o gastos, cuando lo considere conveniente, procediendo de acuerdo a la normatividad vigente. En cualquiera de los supuestos enunciados en la presente cláusula, LA FINTECH comunicará, a través de medios de comunicación directos establecidos en el presente Contrato, al Cliente las modificaciones con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de las mismas y/o a la fecha en la que regirán las nuevas condiciones del Contrato.
  1. De los pagos y liquidación del Crédito por Convenio: EL CLIENTE se compromete a pagar el Crédito por Convenio de acuerdo con lo establecido en el Cronograma de Pagos o importe de cuota única informado. Para dicho efecto, el Cliente autoriza a LA FINTECH, de manera expresa e irrevocable, para que este a través del empleador del Cliente descuente todos los meses, del monto de cualquier ingreso remunerativo o no remunerativo, derivados de la ejecución de la relación laboral, el importe de (i) la cuota mensual o cuota única, (ii) la(s) cuota(s) pendiente(s) de pago del saldo deudor; (iii) la(s) cuota(s) pendiente(s) de pago del Saldo Deudor en caso no haya(n) podido ser retenida(s) o descontada(s) a favor de LA FINTECH, y (iii) el importe total del Crédito por Convenio, hasta por los montos máximos que permita la Ley Aplicable. El Cliente acepta expresamente que lo dispuesto en la presente cláusula constituye una autorización para el descuento mensual. Asimismo, EL CLIENTE se obliga a pagar el préstamo con la totalidad de la liquidación de Beneficios Sociales que reciba de su empleador al término de la relación laboral. En ese sentido, EL CLIENTE autoriza expresa e irrevocablemente el débito automático del total del saldo deudor con cargo a dichos Beneficios Sociales, para lo cual deberá indicar a LA FINTECH a través de los canales que ponga a disposición si el monto será para reducir cuota o plazo del CRÉDITO que mantiene vigente. En caso de no recibir esta comunicación dentro del plazo de quince (15) días desde el momento del cese, LA FINTECH amortizará el préstamo reduciendo el monto de la cuota. Una vez realizado el pago correspondiente LA FINTECH emitirá a EL CLIENTE el nuevo Cronograma de Pagos aplicable al CRÉDITO. Los pagos que realice EL CLIENTE en virtud del Contrato se aplicarán en el orden siguiente: a) intereses compensatorios; b) interés moratorio por incumplimiento, en caso corresponda; c) Gastos y comisiones; d) capital. LA FINTECH podrá aplicar sobre el importe no cancelado oportunamente el interés moratorio por incumplimiento fijado en el Detalle del Préstamo. El Cliente incurrirá en mora o incumplimiento en forma automática, sin necesidad de requerimiento por parte de LA FINTECH.
  1. Pagos Anticipados y Adelanto de Cuotas: EL CLIENTE podrá realizar pagos anticipados o adelantos de cuotas del crédito por encima de la cuota exigible en el periodo, libre de condición o limitación, y sin que resulten aplicables comisiones, gastos o penalidades de ningún tipo. EL CLIENTE podrá efectuar los pagos antes indicados en cualquiera de las oficinas de LA FINTECH en las cuales se pueda realizar operaciones de pagos y desembolsos u otros canales adicionales que LA FINTECH ponga a disposición de EL CLIENTE. El CLIENTE podrá realizar pagos por montos mayores al valor de 2 cuotas del crédito, incluida la cuota exigible en el periodo y a ello se le consideran como “pago anticipado” y el monto pagado será aplicado al capital del crédito, reduciéndose los intereses, comisiones y gastos al día del pago. En ese caso, El CLIENTE podrá escoger entre: (i) reducir el monto de la cuota manteniendo el plazo pactado; o, (ii) reducir el número de cuotas y la reducción del plazo de crédito. En defecto de la elección del CLIENTE, LA FINTECH reducirá el número de cuotas, dentro de los 15 días de realizado el pago. También, EL CLIENTE podrá realizar pagos menores o igual a 2 cuotas, incluida la cuota exigible en el periodo, y a ello se le denominará “adelanto de cuotas” y el monto pagado se aplicará a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el período, sin reducción de intereses, comisiones y gastos. El adelanto de cuotas es de aplicación, también, cuando EL CLIENTE no haya manifestado su elección y se aplicará al monto pagado en exceso de la cuota del periodo a las cuotas inmediatas siguientes no vencidas, salvo que se solicite expresamente que aplique como pago anticipado. EL CLIENTE podrá requerir, antes o al momento de efectuarse el pago, la aplicación del mismo señalando si se hará como pago anticipado o como adelanto de cuotas. Si EL CLIENTE optó por el pago anticipado se le pondrá a su disposición un nuevo Cronograma de Pagos dentro de los 7 días contados a partir de la fecha en que lo solicitó, en los Canales de Atención (Agencia, página web y otros) que LA FINTECH ponga a su disposición. Para proceder con la cancelación total del préstamo, el Cliente deberá presentarse personalmente a las oficinas de LA FINTECH y solicitar una liquidación del préstamo actualizada a la fecha de la cancelación total de éste. En caso de incumplimiento de esta obligación, se considerará que la cancelación total del préstamo no ha sido efectuada. Cabe indicar que dicha liquidación comprenderá el importe adeudado (capital e interés, de corresponder) actualizado a la fecha de la emisión de la liquidación. En caso no se efectúe la cancelación total del préstamo en la fecha de emisión de la liquidación, el Cliente deberá solicitar una nueva liquidación para la cancelación total del préstamo. 
  1. Autorización: LA FINTECH podrá proporcionar información relacionada a su capacidad de pago, puntualidad en sus pagos, cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones que asume según este Contrato a la Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
  2. Refinanciamiento: El presente Contrato es de aplicación en caso LA FINTECH, a solicitud del Cliente -y previa evaluación de las políticas de riesgo y/o internas de la esta, proceda a realizar el refinanciamiento del Crédito. El Cliente acepta y reconoce que su manifestación de voluntad sobre los documentos e instrumentos que forman parte del Contrato y los que sean necesarios para la formalidad del refinanciamiento, son de aplicación y por requerimiento de LA FINTECH, conforme a la normativa vigente y a las políticas de riesgo de LA FINTECH, quien a su criterio determinará, más no estará obligado, para conceder el refinanciamiento. El Crédito que es refinanciado se sujetará a las nuevas condiciones y estipulaciones contempladas en el presente Contrato y a los documentos e instrumentos sobre los cuales el Cliente manifieste su voluntad respecto de su solicitud de refinanciamiento. El Cliente declara conocer que dicho refinanciamiento podría implicar una recalificación de su perfil crediticio.
  1. Financiamientos adicionales: LA FINTECH podrá conceder al Cliente otros financiamientos, tales como compra de deuda. La finalidad de tales financiamientos, forma de pago a LA FINTECH, intereses, comisiones y gastos se detallarán en la respectiva solicitud, tarifario y/Detalle del Préstamo, a los cuales les resultarán aplicables supletoriamente los términos de este Contrato.
  2. Resolución del Contrato por el Cliente: El Cliente podrá poner término a este Contrato cuando así lo decida, dando aviso a LA FINTECH, sin perjuicio de su obligación de pagar de manera inmediata el saldo deudor total del Crédito que liquide LA FINTECH. LA FINTECH podrá mantener vigente el Crédito hasta la cancelación del saldo deudor.
  3. Cesión de Posición Contractual: LA FINTECH podrá ceder sus derechos y/o su posición contractual en este Contrato a cualquier tercero, prestando el Cliente de conformidad con lo indicado en el Código Civil, en este acto, su consentimiento anticipado a la referida cesión, lo cual será informado mediante los mecanismos de comunicación directos previstos en el presente contrato.
  4. Tributos: Todos los tributos presentes y futuros que graven el otorgamiento del Crédito, la expedición y uso de los mecanismos disponibles para disposición de efectivo, en caso corresponda, y pagos del mismo y, en general, todos los servicios de LA FINTECH al Cliente según el Contrato serán de cargo del Cliente y sus importes podrán ser financiados, a juicio de LA FINTECH, en el Crédito.
  5. Autorización para grabar Conversaciones: El Cliente autoriza a LA FINTECH a grabar cualquier tipo de conversación, solicitud, autorización, instrucción, adquisición y en general cualquier otro tipo de orden o manifestación de voluntad, relacionado con el Crédito, comprometiéndose a mantener absoluta reserva de las mismas.
  6. Pagos en exceso: En el supuesto que el empleador o entidad bancaria que custodia la Cuenta Bancaria Declarada haya realizado cobros en exceso mediando dolo o culpa, éstos le serán restituidos al Cliente según los mecanismos establecidos por LA FINTECH conforme a la ley aplicable.
  7. Débito Automático: LA FINTECH podrá cobrar en forma parcial o total el monto adeudado (obligaciones vencidas y exigibles) por Cliente, quedando autorizado a debitar de la Cuenta Bancaria Declarada, con la finalidad de cancelar la deuda en la moneda en que ha sido contraída. Asimismo, LA FINTECH podrá tomar terminar de manera anticipada el Contrato, en cuyo caso, la consecuencia inmediata será que el Cliente se encuentre obligado a pagar el total de la deuda que tenga con LA FINTECH.
  8. Capitalización de intereses: Queda expresamente acordado que LA FINTECH podrá capitalizar mensualmente el íntegro o parte de los intereses compensatorios que se generen respecto del Saldo Deudor adeudado por el Cliente.
  9. Medios Electrónicos o Virtuales: El Cliente podrá adquirir y/o contratar diferentes productos y servicios financieros de manera presencial y no presencial en los canales o medios que LA FINTECH ponga a su disposición, bastando para ello su aceptación a través de un clic, clave secreta, clave dinámica y/o cualquier otro medio de autenticación que complemente y/o reemplace dichas claves u otros mecanismos que impliquen la manifestación de voluntad o aceptación del Cliente a través de canales o medios electrónicos o virtuales que LA FINTECH pone a su disposición. Asimismo, LA FINTECH podrá poner a disposición del Cliente otros mecanismos, plataformas, redes de mensajería u aplicación de software que cumpla con dicho fin (aplicación (APP) descargada en teléfono inteligente (Smartphone) u otro dispositivo inteligente de similares características, computadora o tablet u cualquier otra APP y/o tecnología similar propias o de terceros que impliquen el ofrecimiento de servicios y/o funcionalidades que le permitan acceder y/o realizar servicios adicionales o complementarios en los a diferentes productos y servicios financieros que ofrezca LA FINTECH.

SECCIÓN II: CONDICIONES ESPECÍFICAS

Se aplican a los Créditos detallados en esta Sección todas las Condiciones Generales contenidas en la Sección I del Contrato.

22. Crédito por Adelanto de Sueldo: El producto de ADELANTO DE SUELDO es un Crédito otorgado en función de condiciones previamente aprobadas por LA FINTECH y de conocimiento de la empresa en la que presta servicio o labora el Cliente. El Cliente podrá visualizar todas las condiciones del crédito a través de la plataforma electrónica denominada “TuSueldoYa”, plataforma donde encontrará información relevante sobre el importe del crédito aprobado, la comisión a aplicarse y fecha de pago y demás información relevante en forma previa a la aceptación por parte del Cliente. El ADELANTO DE SUELDO deberá ser pagado en una sola cuota, importe que será descontado por el empleador de la remuneración del Cliente en la fecha de pago estipulada, la misma que puede incluir comisión, el impuesto general de ventas, interés y otros conceptos de acuerdo a la Ley Aplicable. Este producto no requiere un Cronograma de Pagos. Tratándose del producto de Adelanto de Sueldo, EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la comisión aplicable será informada de manera previa a cada transacción a través de la plataforma ‘TuSueldoYa’, visualizando el importe total del adelanto, la comisión aplicable y el monto neto a recibir, antes de manifestar su aceptación. En tal sentido, la comisión correspondiente a cada operación de Adelanto de Sueldo no constituye una modificación unilateral de condiciones contractuales, sino una condición particular de la transacción aceptada expresamente por EL CLIENTE en cada oportunidad, no resultando exigible el plazo de comunicación previa de cuarenta y cinco (45) días calendario previsto para otros productos regulados en el presente Contrato.

23. Microcrédito: El producto de MICROCRÉDITO es un Crédito a corto plazo otorgado con condiciones previamente aprobadas por LA FINTECH. El Cliente que acceda a esta modalidad contará con un Cronograma de Pago con detalle de las cuotas y fecha de pago de las mismas, importe que será descontando por el empleador de la remuneración correspondiente del Cliente. LA FINTECH informará al Cliente a través de la plataforma digital de “TuSueldoYa” en caso este cuente con un crédito aprobado bajo la modalidad de MICROCRÉDITO. Condiciones que deberán ser leídas por el Cliente previo a la aceptación del producto.

 

Datos completos: [Nombres y Apellidos]

DNI/ CE: [Número de Documento]

Firma electrónica o manuscrita:

Contrato Marco Multiproducto SFD /001- 2026